I. Aspectos normativos
La Regla 8ª está establecida en el artículo 2, fracción II de las Reglas Complementarias para la interpretación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), y es un instrumento de comercio exterior que requiere autorización previa de la SE para importar, entre otros, maquinaria, partes y componentes para la fabricación de productos.
Fundamento legal
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Ley Aduanera.
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Ley de Comercio Exterior.
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Acuerdo de Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.
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Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.