LIGIE: Acerca de


La Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE) es el instrumento jurídico mediante el cual se define la política comercial de nuestro país, ya que permite identificar los impuestos a la exportación e importación de las mercancías y es la base para la generación de las estadísticas del comercio exterior necesarias para establecer y evaluar distintas políticas públicas, así como realizar análisis económicos más específicos.
 
La LIGIE cuenta con 2 artículos:
  • En el primer artículo se define la Tarifa o impuesto de dicha Ley (mejor conocida como TIGIE).
  • En el segundo artículo se establecen las Reglas Generales y Complementarias para interpretarla.
 
 
 
Descarga las fracciones arancelarias, los aranceles-cupos y los niveles arancelarios.
El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado "SA") es el sistema más utilizado para la clasificación arancelaria de las mercancías a nivel mundial. Esta nomenclatura internacional está basada en una clasificación de mercancías conforme a un sistema de códigos de 6 dígitos.
 
En 1983 se aprobó el proyecto del Convenio Internacional del Comité del Sistema Armonizado sobre el "Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías" y el 1 de enero de 1988 entró en vigor al igual que su Comité.
 
La Organización Mundial de Aduanas (OMA), a través de su Comité del Sistema Armonizado, se encarga periódicamente (en promedio cada 5 años) de revisar el SA y de proponer las Enmiendas necesarias basadas en los siguientes criterios:
  • Avances tecnológicos;
  • Patrones de Comercio:
    • Comercio escaso o nulo (eliminación)
    • Incremento de flujos (identificación separada)
    • Mercancías novedosas (creación de partidas y subpartidas);
  • Convenios internacionales;
  • Aclaraciones;
  • Reubicación de mercancías mal agrupadas.
México es parte de la OMA desde el 8 de febrero de 1988.
 
El 1 de enero de 2022 entro en vigor la Séptima Edición de la nomenclatura del Sistema armonizado (SA 2022).
 
La Séptima Enmienda realiza algunos cambios importantes. ¡Visíta el micrositio de la Séptima Enmienda!
 
 
Implementación de la séptima enmienda
 
México publicó el 07 de junio de 2022 a través del Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el cual se implementará la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas y preverá la creación, modificación y eliminación de fracciones arancelarias, adecuándolas a los criterios de bajo o alto flujo comercial, avances tecnológicos y resolución de problemas ambientales.
 
Cada 5 años, el Comité del Sistema Armonizado de la OMA revisa el SA y emite recomendaciones, también llamadas enmiendas, que implican la modificación y actualización de la tarifa arancelaria.
 
 
CARACTERÍSTICAS DE LOS CAMBIOS
 
Adaptación a los nuevos flujos de productos y a los rápidos avances tecnológicos, por ejemplo:
  • Desechos electrónicos y eléctrico
  • Drones multipropósito
  • Impresoras 3D
Clasificación arancelaria específica para la resolución de problemas ambientales y sociales, por ejemplo:
  • Nuevos productos del tabaco y nicotina
  • Kits de diagnóstico rápido (virus Zika)
  • Mercancías de uso dual
  • Químicos con potencial de calentamiento global

 
Consulta los proyectos
En esta sección podrás encontrar los anteproyectos de los instrumentos que armonizan los Decretos, Acuerdos y Reglas con la Nueva TIGIE 2022. Cabe señalar que estas versiones son preliminares, por lo que son susceptibles a cambios.
 
LIGIE
La Nueva LIGIE implementa la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado. Consulta los anteproyectos:
 
> TIGIE
> LIGIE Unificada
> Números de Identificación Comercial
> Metodología de creación y modificación de NICO.
> Tablas de Correlación 2020-2022
> Notas Nacionales
 
 
El Decreto General (DG) armoniza los diversos instrumentos de Comercio Exterior y Decretos de modificación a la TIGIE, publicados durante 2020 y 2021, conforme a la Nueva TIGIE (Séptima Enmienda), con el objetivo de mantener las medidas establecidas a través de dichas publicaciones, sin modificar o establecer nuevos aranceles.
 
> Acero
    - Se establece el periodo de desgravación conforme a lo establecido en el Decreto publicado en el DOF 29.06.2022.
    - Consulta aquí las fracciones arancelarias actualizadas publicadas en el DOF 18 .11.2022
 
> Textil, Confección y Calzado
    - A partir del 01 de octubre del 2024, el arancel de estas fracciones arancelarias será de 20%.
    - Consulta aquí las fracciones arancelarias actualizadas publicadas en el DOF 18 .11.2022
 
> Vehículos Automóviles Eléctricos y trolebuses
    - Se exenta temporalmente el arancel de importación de 5 fracciones arancelarias.
    - Consulta aquí las fracciones arancelarias actualizadas publicadas en el DOF 18 .11.2022
 
> Vacunas
    - DOF 22.02.2021.
    - Se exenta temporalmente el arancel de importación de 2 fracciones arancelarias (3002.41.06 y 7613.00.02) actualizadas publicadas en el DOF 18 .11.2022
 
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