Otorgamiento de permiso de importación de gasolina y diésel: De conformidad con el Aviso publicado en el DOF el 2 de febrero de 2016, a partir del 1 de abril de 2016 la SENER otorga permisos de importación de gasolina y diésel a los interesados que cumplan con la normativa aplicable, lo que representa un paso significativo hacia la liberación del mercado de combustibles con el fin de beneficiar a los consumidores.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó en el DOF, el 29 de agosto de 2016, la
NOM-016-CRE-2016- Especificaciones de calidad de los petrolíferos la cual determina las características que deben cumplir la gasolina, turbosina, diésel automotríz, diésel agrícola y marino, diésel industrial, combustóleo, gasóleo doméstico, gas avión, gasolina de llenado inicial, combustóleo intermedio y gas licuado de petróleo; en territorio nacional en cada etapa de la cadena de producción y suminnistro, incluyendo su importación.
Regulación a la importación: el 27 de octubre de 2016, la Secretaría de Economía publicó en el
DOF la modificación al Anexo 2.4.1 (Anexo de NOM's) para sujetar la importación de los petrolíferos al cumplimiento de la NOM-016-CRE-2016. Se sujetan cinco fracciones arancelarias al cumplimiento de dicha NOM y se establece el numeral 5 BIS de los requisitos para acreditar su cumplimiento en el punto de entrada al país.