Siderúrgicos


Los Avisos automáticos de importación de siderúrgicos se emiten con fundamento en las reglas 2.2.19 y 2.2.26, así como los anexos 2.2.1 numeral 8, fracción II y; 2.2.2 numeral 7, fracción II del Acuerdo por el cual la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.
 
Consulta la publicación del DOF El 15 de abril de 2024 se publicó en el DOF el "Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior" reformando a las reglas 2.2.19 y 2.2.26, así como los anexos 2.2.1 y 2.2.2.
 

A. Avisos Automáticos de Importación de Siderúrgicos (AAIPS) - Por operación

Los interesados que opten por el esquema A (VUCEM) deben contemplar el siguiente proceso.
 
Descarga la guía rápida para el ingreso de solicitudes de AAIPS
¡Sugerencias!
 
En caso de que tus certificados de molino y/o calidad tengan rechazo por inconsistencia en la firma autógrafa,  sello o código QR, para subsanar el requisito, puedes adjuntar una carta responsiva.
 
Consulta el ejemplo de la carta responsiva
 
 
 
Cuando ingreses tu solucitud en la Ventanilla Única, consulta el Check - list del apartado "Descripción de la mercancía".
 
Check - list
 
 
 
Inscripción de Molinos
Cuando un molino no aparezca en el catálogo de molinos desplegable de la VUCEM, o el publicado en este micrositio, debe contemplar el siguiente proceso.
 
*inscripcion.molinos@economia.gob.mx
Formato Excel del Registro de Molinos
¡Sugerencia!
  1. Para dar cumplimiento con la regla 1.3.5 del Acuerdo de Reglas, puedes consultar el ejemplo de "Escrito libre de Solicitud de inscripción al Catálogo de Molinos"
  2. Adjunta el Certificado de molino para evitar rechazos por información incorrecta.
 
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¡Descarga el Catálogo de Molinos!
Actualizado al 17 de febrero de 2025

 

B. Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos (RIPS) - Anual

Para los interesados en utilizar el esquema B (RIPS) deben contemplar el siguiente proceso.
 
 
*registro.siderurgicos@economia.gob.mx
 
Descarga la guía rápida para la inscripción al RIPS
Formato Excel de la Inscripción al "Registro de Importadores de productos siderúrgicos"
Formato Excel del reporte trimestral
¡Sugerencia!
Para dar cumplimiento con la regla 1.3.5 del Acuerdo de Reglas, puedes consultar el ejemplo de "Escrito libre de Solicitud de inscripción al RIPS"

Material de apoyo

Descarga los archivos para el proceso de Avisos Siderúrgicos

Esquema A

 

Esquema B

Guía rápida para el ingreso de solicitudes de AAIPS Descarga la guía rápida para la inscripción al RIPS
Carta responsiva Formato Excel de la Inscripción al "Registro de Importadores de productos siderúrgicos"
Check - list "Descripción de la mercancía"
Inscripción de molinos:
Formato Excel del Registro de Molinos Formato Excel del reporte trimestral

 

Consulta las infografías y videos para el proceso de avisos siderúrgicos

Infografía:
Infografía:
¿Cómo puedo solicitar los avisos de siderúrgicos?
 
Principales causas de rechazo - AAIPS
 
 

 

Video:
Video:
Guía para obtener el aviso automático de importación de Productos Siderúrgicos a traves de VUCEM
Guía para llenar el Registro de Molinos
 
 

 

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Reportes

Consulta el reporte de beneficiarios de Avisos Automáticos de Importación de Productos Siderúrgicos en el micrositio de "Transparencia"

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Complementos

Preguntas Frecuentes

Certificado de molino de calidad

1. ¿Qué se debe entender por Certificado de molino?
Es el documento emitido por el molino, que acredita la empresa que produjo el acero procesado en el propio molino. [Regla 2.2.19, Apartado A, del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior (Acuerdo de reglas)].
 
2. ¿Qué se debe entender por Certificado de calidad?
Es el documento que acredita al fabricante que transformó el acero para la elaboración de la mercancía a importar, elaborado por el propio fabricante. (Regla 2.2.19, Apartado A, del Acuerdo de reglas).
 
3. ¿Qué mercancías deben presentar certificado de molino?
Mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias de las partidas:
  • 7206 a la 7216,
  • 7218 a la 7228 y la
  • 7304
(numeral 8, fracción II, del Anexo 2.2.1 del Acuerdo de reglas)
 
4. ¿Qué mercancías deben presentar certificado de calidad?
Mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias comprendidas de las partidas:
  • 7202, 7217, 7229, 7301, 7302 y
  • 7305 a la 7317
(numeral 8, fracción II, del Anexo 2.2.1 del Acuerdo de reglas)
 
5. ¿Es obligatorio presentar el certificado de molino en español?
No, sin embargo, es obligatorio presentar su traducción completa, si el certificado está en un idioma distinto al español.
 
6. ¿Cuál es el formato para la traducción del certificado de molino y/o del certificado de calidad?
Al ser una traducción libre y completa, no se establece un formato específico.
Se recomienda que la traducción respete la estructura del certificado para facilitar la identificación de la información clave.
 
7. ¿Es necesario digitalizar el certificado de molino?
Sí, el certificado y su traducción libre y completa son documentos necesarios para la presentación de la solicitud.
 
8. ¿Es necesario que contenga el número del certificado de molino?
Sí, es necesario que tanto el certificado de molino como el de calidad contengan un número.
Sin embargo, si fue emitido con anterioridad al 16 de abril, se considerará válido si contiene:
  • el número de colada, o
  • el número de embarque, o
  • el número de folio, o
  • el número de orden.
9. ¿El certificado de calidad debe de contener la información del molino?
No es necesario, pero si debe contener el o los números de colada.
 
10. Al realizar el trámite en la VUCEM, ¿Es obligatorio declarar los datos de números de colada y composición química? ¿O solo con que lo indiquen los certificados de molino y/o calidad?
Sí, ambos datos son obligatorios y también deben estar contenidos en los certificados de molino y de calidad.
 
11. ¿Qué vigencia deben tener los certificados para su importación?
No se estableció alguna vigencia en el Acuerdo.
 
12. Si por políticas internas de los proveedores y molinos no pueden dar la información relativa al molino y de calidad, ¿Qué se debe hace en esos casos?
Los propios certificados tienen la información que se requiere para ingresar las solicitudes.
 
13. ¿Es necesario indicar el nombre de molino si la mercancía se encuentra clasificada dentro de las fracciones arancelarias que requiere presentar únicamente Certificado de Calidad?
No es necesario.
 
14. El productor emite los certificados con una unidad de medida diferente a la solicitada, ¿Qué puedo hacer en esos casos?
En caso de que la unidad de medida del certificado no esté expresada en kilogramos, se deberá anexar un documento en formato PDF que contenga el cálculo utilizado para su conversión a kilogramos.
 
Registro de molinos
 
15. Por confidencialidad del molino ¿este puede reportar la CAPACIDAD NOMINAL DE ACERO BRUTO ANUAL, directamente a la SE?
Sí lo puede reportar directamente el molino al correo inscripcion.molinos@economia.gob.mx.
 
16. ¿Qué hacer en caso de que el formato de inscripción del certificado de molino no permite agregar la subpartida?
El formato sólo contiene las subpartidas que están sujetas a la presentación de certificados de molino.
 
17. Mi proveedor no es un molino, por lo tanto no se encuentra en el catálogo de molinos, ¿Qué puedo hacer al respecto?
Si la mercancía que se importará requiere de la presentación de un certificado de molino, el mismo debe ser emitido por un molino, previamente registrado en el catálogo; independientemente del proveedor, el cual deberá solicitar dicho documento al molino.
 
18. ¿Dónde encuentro el formato para el Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos?
En el portal del SNICE en el apartado de "ACTUALIDAD“ y en el micrositio.
 
Registro de importadores de productos siderúrgicos
 
19. ¿Cómo realizar el registro de proveedores?
El registro se debe realizar conforme a lo señalado en las reglas 1.3.5 y 2.2.26 inciso B del Acuerdo de reglas. Asimismo, deberá presentar el Formato Excel de Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos disponible en el SNICE, en el apartado de “ACTUALIDAD” y en el micrositio.
 
Trámite
 
20. ¿En un mismo trámite se puede declarar más de un NICO?
No, se debe presentar una solicitud por fracción arancelaria y NICO.
 
21. ¿Cómo se declara el precio unitario?
En el campo de "Descripción de la mercancía" en dólares por kilogramo.
 
22. ¿El valor en dólares debe corresponder al INCOTERM acordado con el proveedor?
El valor en dólares de la mercancía a importar es sin incluir fletes ni seguros.
 
23. ¿Los permisos anteriores siguen teniendo vigencia, aun cuando no cumplen con los requisitos actuales?
Sí, los avisos que se hayan emitido con anterioridad, podrán ser utilizados hasta el fin de su vigencia.
 
24. ¿Cómo se debe señalar el nombre del molino?
Se recomienda que se indique el nombre del molino tal cual aparece en el catálogo, para una mejor identificación y así evitar que, por un error, se niegue el permiso.
 

Definiciones

Molino: a la empresa que realiza el proceso de fabricación de productos clasificados en el Capítulo 72 de la Tarifa cuando:
a) Se transforma hierro o chatarra, a través de su fundición en alto horno u horno de arco eléctrico, en productos siderúrgicos semiterminados/intermedios (planchón, palanquilla, lingotes) sin alear, aleados o inoxidables, y/o
b) Mediante la reconversión o recalentamiento de productos siderúrgicos semiterminados/ intermedios en hornos de recalentamiento y/o molinos de laminación en caliente, se fabriquen productos siderúrgicos planos (en caliente, en frío, al silicio) o productos siderúrgicos largos (alambrón, barras perfiles).
 
Certificado de molino: al documento emitido por el Molino, que acredita la empresa que produjo el acero procesado en el propio Molino.
 
Certificado de calidad: al documento que acredita al fabricante.
 
Productor: al fabricante que transformó el acero para la elaboración de la mercancía a importar.
 
Proveedor: empresa que vende el acero al importador
 
Tipo de proveedor:
Molino: empresa que realiza el proceso de fabricación de productos clasificados en el Capítulo 72 de la Tarifa cuando: Se transforma hierro o chatarra, a través de su fundición en alto horno u horno de arco eléctrico, en productos siderúrgicos semiterminados/intermedios (planchón, palanquilla, lingotes) sin alear, aleados o inoxidables.
 
Laminadora: empresa que mediante la reconversión o recalentamiento de productos siderúrgicos semiterminados/intermedios en hornos de recalentamiento y/o molinos de laminación en caliente, se fabriquen productos siderúrgicos planos (en caliente, en frío, al silicio) o productos siderúrgicos largos (alambrón, barras perfiles).
 
Transformador: empresa que realiza procesos de revestimiento, customatización, formación, corte o procesos similares.
 
Comercializadora: empresa que realiza procesos que no cambian la naturaleza de la mercancía y que su principal función es la comercialización.
 
Georreferencia: posicionamiento espacial de una entidad en una localización geográfica única y bien definida en términos de coordenadas latitud-longitud. Para términos de este formato, se refiere a la georreferencia (latitud-longitud) de las instalaciones del molino y/o proveedor.
 
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¿Tienes alguna duda? Envíanos un correo a: snice@economia.gob.mx