La DGFCCE otorgará un permiso por fracción arancelaria, tipo de azúcar, volumen y país de destino, hasta por el remanente que resulte del excedente de oferta después de determinar el cupo para los EE.UU.
1. Instrumento notarial que acredite la representación legal en el caso de personas morales.
2. Acta constitutiva de la empresa;
3. Cédula de Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes;
4. Identificación oficial vigente de quien suscribe la solicitud;
5. Escrito Libre firmado por el Representante legal, mediante el cual se designan dos cuentas de correo autorizadas para oír y recibir notificaciones, en términos de la Regla 1.3.5 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterio de carácter general en materia de Comercio Exterior.
6. Facturas comerciales, o la documentación que considere necesaria, en las que se pueda constatar la trazabilidad y origen del azúcar.