Azúcar: Trámites


El Grupo o consorcio azucarero o los Ingenios para ser considerados dentro de la asignación deberán presentar ante la DGFCCE, del 15 de junio al 16 de julio de cada año, la "Solicitud de asignación de cupo de azúcar", adjuntando:

 

  • I. Solamente en una ocasión, copia del poder notarial donde conste el poder para actos de administración de quien suscribe la solicitud, copia del Registro Federal de Contribuyentes y de la identificación oficial vigente del solicitante, y
  • II. Plan de producción de azúcar por Ingenio en el ciclo azucarero para el cual solicitan la asignación, en el que deberán distinguir el tipo de azúcar a producir, de las señaladas en el Punto 2 fracciones II y XIV del presente Acuerdo de Azúcar, mismo que deberá actualizarse antes del 31 de octubre.

 

Previamente a la presentación de la solicitud de asignación de cupo, se deberá presentar a través del correo electrónico dgce.azucar@economia.gob.mx, mediante el cual se designen dos enlaces y dos cuentas de correos electrónicos, adjuntando copia simple de la identificación oficial, en la ventanilla de atención al público de la DGFCCE.

 

El Grupo o consorcio azucarero o los Ingenios podrán realizar la exportación de azúcar siempre que cuenten con un permiso previo, para tal caso deberán presentar la "Solicitud de Permiso Previo de Exportación de azúcar” y el "layout de Solicitud de Permiso Previo de Exportación de Azúcar"; Los titulares de los permisos podrán realizar la "Solicitud de cancelación de permiso previo de exportación de azúcar”; durante la vigencia de este.
Los beneficiarios de las asignaciones podrán transferir total o parcialmente el monto de cupo de azúcar refinado y otros azúcares que les haya sido asignado para cada periodo a otros beneficiarios mediante la "Solicitud de transferencia de cupo de exportación de azúcar”; y el layout de "Solicitud de transferencia de cupo de exportación de azúcar".
Cualquier Ingenio o Grupo o consorcio azucarero que haya exportado otros azúcares, según los registros del Servicio de Administración Tributaria, podrá realizar la "Solicitud de transferencia de derechos para exportar azúcar refinada” a otro Ingenio o Grupo o consorcio azucarero.
Todos los trámites anteriores deberán ser remitidos al correo electrónico dgce.azucar@economia.gob.mx
La DGFCCE otorgará un permiso por fracción arancelaria, tipo de azúcar, volumen y país de destino, hasta por el remanente que resulte del excedente de oferta después de determinar el cupo para los EE.UU.
El interesado deberá presentar la "Solicitud de Permiso Previo de Exportación de azúcar” y el "layout de Solicitud de Permiso Previo de Exportación de Azúcar"  debidamente requisitados, así como, la siguiente documentación:
 
1. ​​Instrumento notarial que acredite la representación legal en el caso de personas morales.
2. Acta constitutiva de la empresa;
3. Cédula de Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes;
4. Identificación oficial vigente de quien suscribe la solicitud;
5. Escrito Libre firmado por el Representante legal, mediante el cual se designan dos cuentas de correo autorizadas para oír y recibir notificaciones, en términos de la Regla 1.3.5 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterio de carácter general en materia de Comercio Exterior.
6. Facturas comerciales, o la documentación que considere necesaria, en las que se pueda constatar la trazabilidad y origen del azúcar.
 
 
Las solicitudes mencionadas podrán presentarse de las 9:00 a las 14:00 horas en la ventanilla de atención al público de la DGFCCE, ubicada en Calle Pachuca #189, Col.Condesa, C.P. 06140, Cuauhtémoc, Ciudad de México, o a través del correo electrónico dgce.azucar@economia.gob.mx.
 
 
 
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¿Tienes alguna duda? Envíanos un correo a: dgce.azucar@economia.gob.mx