El numeral 10 del Anexo de NOMs contempla los supuestos en los que no deberás demostrar el cumplimiento con NOMs en el punto de entrada al país, para lo cual debes declarar la clave de pedimento - identificador correspondiente, de conformidad con el apéndice 8 del anexo 22 de las RGCE del SAT.
 
Para tal efecto, se pone a tu disposición la relación de los dichos supuestos vs las claves de pedimento - identificadores del SAT, a fin de que envíes los comentarios que consideres oportunos.
 
Claves de pedimento - identificadores
 
Para el envio tus comentarios utiliza el formato editable word, envíalos al correo electrónico dgce.nom@economia.gob.mx (Asunto: consulta pública claves)
 
Formato editable